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Cómo y cuándo formar una sociedad, con sus pros y contras

En todo momento del autónomo puede surgir la idea de cuándo y cómo formar una sociedad, cuáles son sus pros y sus contras, o qué obligaciones supone. Son demasiadas dudas que requieren una profunda reflexión y una visión de futuro para tu negocio.

 

En Atrium Abogados somos conscientes de estas dudas y necesidades, pero siempre recomendamos que cada caso debe afrotarse de manera individual. No obstante, en el presente post vamos a intentar disipar algunas dudas de cuándo y cómo formar una sociedad y cuáles son sus pros y contras.

formar una sociedad

Pros y contras de la figura de autónomo

La principal ventaja de la figura de autónomo es la sencillez de su forma jurídica, la cual también es la más económica.

Entre las principales ventajas de la figura de autónomo se encuentran:

  • No es necesaria ninguna cantidad mínima para emprender.
  • Se puede ser beneficiario de la tarifa plana en la cuota de autónomo durante 12 meses, que desde enero de 2023 se establece en 80 € mensuales.
  • Las obligaciones fiscales y mercantiles son mucho más sencillas de llevar a cabo. Así, por ejemplo, la contabilidad no debe seguirse como describe el Código de Comercio, tampoco es necesaria una conciliación bancaria ni disponer públicamente sus resultados. Por ello, las obligaciones y las formalidades son mucho menos exigentes.

Por otra parte, las principales desventajas de un autónomo son:

  • Ante los casos de deudas, su responsabilidad es responder con su patrimonio personal, presente y futuro.
  • Ante unos ingresos mensuales elevados, la tributación puede alcanzar hasta el 45 % en el Impuesto sobre la Renta (IRPF).

ser autónomo

Pros y contras de la sociedad

La creación de una sociedad viene dada por dos supuestos: la propia naturaleza del proyecto o por los ingresos generados. En ambos casos, encontramos ciertas ventajas con respecto a la figura de autónomo:

 

  • La responsabilidad es la principal ventaja de la sociedad, ya que la persona no tendrá que responder con su patrimonio personal en caso de deudas.
  • A partir de cierta cantidad de ingresos, la sociedad dispone de mejores condiciones de tributación, con un tipo del 25 % nominal (o 15 % si es reducido), según establece la Ley 27/2014 de Impuesto sobre Sociedades. 
  • Las sociedades tienen una mayor cantidad de gastos que se pueden desgravar.

En cuanto a las desventajas, las principales que se pueden considerar son las siguientes:

  • Es necesario disponer de un capital inicial para crear la sociedad. En caso de la Sociedad Limitada, este será de 3000 €, mientras que para la Sociedad Anónima se necesitarán 60.000 €.
  • A nivel administrativo y burocrático, la sociedad tiene mayores exigencias en sus obligaciones fiscales y mercantiles. Como, por ejemplo, llevar una contabilidad según el Código de Comercio y una conciliación bancaria o publicar los resultados.

Por tanto, ¿cuándo es mejor formar una sociedad?

Una vez presentados los pros y los contras de la figura de autónomo y de las sociedades, hay ciertos aspectos que nos influyen a decidir cuándo formar una sociedad.

El principal de ellos es el volumen de ingresos. Siempre que tus ingresos anuales sean superiores a los 40.000 €, será conveniente formar una sociedad. Por supuesto, esta cantidad es aproximada y depende de cada situación.

No obstante, alcanzar esta cuantía presupone llegar a un punto en que tu empresa puede crecer. Así, conformar una sociedad permitirá tener más facilidad para trabajar con grandes empresas o una mayor agilidad para obtener créditos y financiación. Por otro lado, dará mayor estabilidad a las relaciones con colaboradores habituales y, como ya se ha indicado anteriormente, desaparece la responsabilidad personal del autónomo.

crear una sociedad

Una vez tenemos claro que queremos formar una sociedad, los pasos básicos a seguir para ello son los siguientes:

  1. Solicitar la reserva de la denominación social. Previamente, deberás consultar en el Registro Mercantil Central si esa denominación ya existe.
  2. Abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad, ingresando el capital social inicial.
  3. Redactar los estatutos de la sociedad.
  4. Firmar la constitución de la sociedad ante notario para elevarla en escritura pública.
  5. Acudir a la Agencia Tributaria para solicitar el NIF provisional, darse de alta en el IAE, en el censo de empresarios y hacer la declaración censal del IVA.
  6. Inscribirla en el Registro Mercantil en el plazo de dos meses desde la firma de la constitución.
  7. Acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social para tramitar el alta de los administradores y socios, así como pedir el número patronal.
  8. Solicitar los libros sociales (actas, socios, inventario, etc.)
  9. Acudir nuevamente a la Agencia Tributaria para solicitar el NIF definitivo, presentar la declaración censal y comunicar las obligaciones tributarias.

Como se puede comprobar en el presente post, los pros y contras de cuándo formar una sociedad dependen de la situación individual de cada persona. Sin embargo, cómo formarla y las obligaciones que conlleva requieren una organización sistemática.

Ante una decisión tan importante, en Atrium Abogados aconsejamos que acudas a un profesional para que te asesore y te guíe en todos los pasos a seguir. Nuestro bufete cuenta con personal con una dilatada experiencia que te aconsejarán en todo aquello que necesites. Contacta con nosotros sin compromiso y cuéntanos tu caso.

 

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